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Mostrando entradas de octubre, 2017

ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL. LIMITE EN LA IMPOSICIÓN DE RENTA.

En primer lugar hemos de recalcar que NO todas las viviendas Protegidas, pueden ser arrendadas. La posibilidad o no de arrendar la vivienda dependerá del Régimen Legal de Protección de la vivienda y las limitaciones o exclusiones establecidas por la normativa para constituir un contrato de arrendamiento, las cuales incluyen, en determinados casos, la necesidad de cancelación del préstamo cualificado/convenido obtenido, así como la devolución de las ayudas financieras que, en su caso, se hubieran obtenido. En caso de poder celebrarse el arrendamiento, el contrato se habrá de atener a ciertos requisitos, pero el que nos interesa en el presente caso es el de la ESTIPULACIÓN DE LA RENTA. La legislación autonómica regulará la renta máxima que los propietarios pueden cobrar a los inquilinos, pero ¿Qué pasa cuando se ha acordado un precio superior? ¿Qué prevalece? ¿La renta pactada entre las partes o la estipulada como máxima en la legislación? Efectos de la cláusula que establec

RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS POR LESIONES.

La acción de Responsabilidad Civil Extracontractual y consiguiente indemnización, puede venir dada por algo tan simple como un resbalón en las zonas comunes o la caída de algún elemento arquitectónico. En estos casos deben concurrir requisitos constitutivos de responsabilidad civil extracontractual que son: acción u omisión culposa o negligente, la existencia de daño a terceros, y la relación de causalidad o nexo causal entre esa conducta y el daño (artículo 1902 CC). Negligencia: Para declarar la culpabilidad de la Comunidad de Propietarios, ésta debe de haber actuado negligentemente y no mantener en buen estado elementos comunes y/o no contratar personal idóneo para ello, por ejemplo: no arreglar del andén de la piscina o que los servicios encargados para el mantenimiento no actúen con la diligencia debida al hacer la limpieza. Resultando imprescindible una vigilancia escrupulosa que permita evitar riesgos perfectamente previsibles. “ Existió actuación negligente por