Cada divorcio es un mundo, por lo que no existe un límite máximo de documentos necesarios, ya que en principio dependerá de si es un matrimonio con separación de bienes o en gananciales, además de otros factores como por ejemplo: de si hay hijos en el matrimonio, varias propiedades, deudas, empresas etc… Pero sí que hay un número mínimo de documentos, que son los siguientes: 1-Certificado de matrimonio : Lo podrá conseguir en el Registro Civil o Juzgado de Paz de la ciudad donde se celebró el matrimonio. 2-Certificado de nacimiento de los hijos habidos en el matrimonio : obviamente solo procede si los hay, y se solicitará igual que el anterior en el Registro Civil del lugar donde nacieron o se inscribieron los hijos nacidos. 3-Documentos que acrediten la situación económica del cónyuge : en caso de solicitarse una pensión compensatoria o una pensión de alimentos si hay algún hijo que no tenga medios de subsistir por su cuenta y vive con alguno de sus padres (ej:
Cuando vas a tu banco y preguntas ¿Qué gastos de constitución de hipoteca me deberían devolver? La respuesta será una completa negativa a la devolución de cualquier euro invertido en la constitución de la hipoteca, y además intentarán convencerte de que es imposible reclamarlo, obviamente no es cierto. Los bancos son entidades que quieren proteger sus intereses y si todos reclaman ese derecho y entre todos conseguimos eliminar dichos gastos ellos perderán rentabilidad. Así que no les hagas ni caso. Mediante el presente artículo vamos a analizar los gastos de constitución de Hipoteca que son reclamables y por qué lo son, así podrás comprobar que se puede lograr, y que no es tan difícil como parece. Normalmente la cláusula que los imputa exclusivamente al deudor describe los siguientes gastos: 1. Los gastos preparatorios: Tasación del inmueble y verificación situación registral 2. Los aranceles notariales y registrales: 3. Gastos y Tributos derivados de la